Los trabajadores que están incluidos en FASE 1 podrían percibir una reducción de su salario de navidad, advierte experto en derecho laboral
Carlos Hernández Contreras
manifestó que esos trabajadores, los acogidos a FASE 1, están recibiendo una
ayuda del Estado a través del decreto 143-20, remuneración que no es
considerada como salario, por lo tanto, no se toma en cuenta para los cálculos
del salario de navidad.
La regalía pascual se disminuirá en
los trabajadores que pertenecen a las dos modalidades del programa FASE. El
salario número 13 es la duodécima parte de lo devengado en el año calendario,
por tanto, estos 2 meses las personas que van a estar suspendidas en el
contrato, no van a devengar nada, o solo una parte, del salario bruto por parte
de la empresa y esto se calcularía a final de año, advirtió un experto en
derecho laboral.
Carlos Hernández Contreras manifestó
que esos trabajadores, los acogidos a FASE 1, están recibiendo una ayuda del
Estado a través del decreto 143-20, remuneración que no es considerada como
salario, por lo tanto, no se toma en cuenta para los cálculos del salario de
navidad.
“La forma como se va a presentar
la ayuda no es base del salario ordinario, por eso los trabajadores de la FASE
1 podrían ver su salario disminuido este diciembre”, expresó el especialista al
participar en panel virtual “El Estado de excepción y el contrato de trabajo”.
Hernández Contreras señaló que
los trabajadores favorecidos con la modalidad 2 del Fondo de Asistencia
Solidaria al Empleado (FASE), como reciben una ayuda más reducida de parte del
Estado y siguen cotizando en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), su
salario de navidad podría quedar disminuido también, pero en una menor cantidad
que los que empleados beneficiados con FASE 1.
¿Cobrarán el bono los
trabajadores?
Hace días había un debate en las
redes sociales porque Impuestos Internos pospuso un mes la Declaración Jurada
Anual de Impuesto Sobre la Renta de Sociedades (IR-2), por lo que el
especialista aclaró que la bonificación, es decir, un salario 14 que entregan
algunas empresas a sus colaboradores cuando reportan ganancias, no se verá
afectada por la pandemia porque la mayor participación de utilidades de los
negocios se reporta en función del año 2019, en el cual no hubo pandemia, por
lo que “eventualmente habrá que pagarlo”.
Durante su disertación en el
encuentro virtual organizado por la Universidad Nacional Pedro Henríquez Ureña
(UNPHU), Hernández Contreras destacó que habrá empresas que se acogerán a la
prórroga en base al artículo 329 del Código Tributario, pero nada de eso
impedirá este derecho para el trabajador.
¿Y las vacaciones?
El experto se refirió también al
debate de las redes sociales donde los trabajadores se quejaban de que los
empleadores les adelantaran sus vacaciones porque estas son “para ir a la playa
y para el ocio, no para estar en confinamiento”. Comentó que la resolución
07-2020 del Ministerio de Trabajo del 19 de marzo, fue una recomendación para
que los colaboradores de las empresas adelanten sus vacaciones en virtud de que
el artículo 188 del Código de Trabajo permite al empleador variarlas en caso de
una situación de emergencia. A partir de ahí muchos empleadores comenzaron a
anticipar las vacaciones del 2020 e incluso las del 2021.
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